REGLAMENTO ROTARACT CLUB LA CONSULTA (DISTRITO
4865)
TITULO I — Elecciones.
ART. 1- La elección para los cargos de presidente, vicepresidente,
secretario, tesorero y directores se celebrará anualmente. El año de un club
Rotaract será el mismo que el año rotario. Los funcionarios elegidos tomarán
posesión del cargo el 1 de julio.
ART. 2- Postulación a presidente.
Inc. 1- La Junta Directiva vigente
confeccionará la lista de socios postulables durante la reunión ordinaria del
último mes de noviembre.
Inc. 2- Para ser considerado
postulable, los socios deberán contar con los siguientes requisitos: contar con
un mínimo de un año en el club, no haber ocupado el cargo durante los dos
periodos anteriores y encontrarse al día en el pago de cuotas.
Inc- 3- El secretario del club presentará
la lista de postulables en la última reunión de noviembre, e inmediatamente,
cada socio procederá a postular al precandidato de su preferencia, los que
tendrán una semana para aceptar o no su candidatura.
Inc. 4- Durante la
primera reunión de diciembre, luego de conocer los nombres de los postulados aceptantes, se procederá a
realizar en forma oral y cantada, la elección del presidente. En caso de empate
será el voto del presidente en ejercicio quien decida. De haber aceptado sólo
un candidato, la elección será por sí o por no.
ART. 3- En caso de acefalía, tomará el cargo
de presidente, el vicepresidente, después de él, el secretario y después, el tesorero, en ese orden. Si la acefalía aún
persistiera se llamará a una elección.
ART. 4- Además del presidente,
vicepresidente, secretario y tesorero, se elegirán cinco (5) directores para
los comités permanentes (Servicio en el club, servicio a la comunidad,
desarrollo profesional, servicio internacional y finanzas) y los comités
especiales que designare el presidente electo.
ARTÍCULO II — Deberes de los
funcionarios
ART. 5- Presidente.
Inc. 1- Este funcionario presidirá las
reuniones ordinarias y extraordinarias del club y de la junta directiva.
Inc. 2- Podrá, con aprobación de la
directiva, nombrar todos los comités permanentes y especiales y, en el caso de
producirse una vacante en la junta directiva podrá, con aprobación de la misma,
efectuar un nombramiento para llenar la vacante hasta la siguiente elección
ordinaria del club.
Inc.3- El presidente es miembro ex
officio de todos los comités.
Inc.4- Debe mantenerse en contacto
con el club patrocinador y el representante distrital de Rotaract para asegurar
que se hallen informados de todas las decisiones que tome el club.
Inc.5- Es el responsable de todas
las obras y proyectos del club y deberá realizar un seguimiento de las mismas
junto al director del comité respectivo.
ART. 6- Vicepresidente.
Inc.1- Este funcionario sucederá al
presidente en su cargo en caso de que éste, por cualquier circunstancia,
tuviera que abandonarlo y, en ausencia del presidente, presidirá todas las
reuniones del club y la directiva.
Inc.2- Colaborará con el presidente
en todas sus funciones y participara en las decisiones como consultor.
ART. 7- Past- presidente.
Inc.1- Se desempeñará como
consultor del presidente en ejercicio.
Inc.2- Dirigirá las reuniones del
club en caso de ausencia del presidente y el vicepresidente, debiendo
refrendarse por ellos las decisiones tomadas en tales reuniones.
ART. 8- Secretario.
Inc.1- Este funcionario conservará
todos los registros del club, redactará las actas de todas las reuniones del
club y de la junta directiva y proporcionará
copias de las mismas al presidente del Comité Rotaract del club rotario patrocinador.
[2]
Inc. 2- Promoverá las
actividades del club mediante la correspondencia con el club rotario
patrocinador, organizaciones no rotarias, posibles socios, Rotary International
y otros clubes Rotaract.
Inc. 3- Deberá confeccionar el informe bimestral a ser remitido a
la representación de Rotaract en el distrito.
ART. 9- Tesorero.
Inc. 1-
Este funcionario tendrá a su cargo la custodia de los fondos del club,
manteniendo al día el registro de todas las operaciones.
Inc. 2- En cada reunión del club presentará un informe del estado
financiero del club y mantendrá la documentación respectiva a disposición de
cualquier socio que desee revisarla.
Inc. 3- Al final del período,
deberá realizar un informe anual del estado financiero del club para ser
remitido al tesorero entrante.
ART. 10- Directores de comité.
Inc. 1- Tendrán la obligación de
dirigir las reuniones de sus comités de trabajo.
Inc. 2- Deberán presentar al comienzo de su
gestión un programa tentativo de trabajo, incluyendo algún proyecto de magnitud
con fechas estimativas de realización.
Inc. 3- Coordinarán las obras y proyectos de
sus comités respectivos.
Inc. 4- En caso de vacante en los cargos de
directores de comité, se procederá a
realizarse una elección entre los socios del club, para sucederlos.[3]
ART. 11- Cada funcionario tendrá todas
las demás atribuciones que, con acuerdo de la junta directiva, le sean
delegadas expresamente por el presidente.
TITULO III --- De la Junta Directiva.
ART. 12- La
junta directiva estará conformada por el presidente, vicepresidente,
secretario, tesorero, past- presidente y dos socios más que serán elegidos por
los socios del club, entre quienes reciban mayor cantidad de votos, de la misma
manera que se elige al presidente, en una fecha anterior a la primera reunión
de la junta directiva correspondiente.
ART. 13- Atribuciones:
Inc. 1- Será el organismo que
rige el Club, y debe actuar en armonía con los estatutos y normas establecidas
por Rotary Internacional para los clubes Rotaract.
Inc. 2- Tendrá el control general
sobre todos los funcionarios y comités del club y podrá por causa justificada
declarar vacante cualquier cargo.
Inc. 3- Ante ella, los socios en
pleno uso de sus derechos podrán apelar las decisiones de los funcionarios y
los acuerdos de los comités.
ART. 14- Deberes:
Inc. 1- Deberá reunirse una vez
por mes como mínimo, y sus reuniones estarán abiertas a todo socio en pleno uso
de sus derechos, teniendo estos últimos voz pero no voto. En principio, las
reuniones de la junta directiva se realizaran los ultimos viernes de cada mes,
una hora y media antes de la reunion ordinaria del club.
Inc. 2- Deberá informar en las
reuniones del club acerca de las reuniones y acuerdos tomados. Deberá además
presentar el informe anual.[4]
TITULO IV — Deberes de los
socios.
ART. 15-
Todo socio deberá asistir a, por lo menos, el 60% de las reuniones y
actividades del club en el transcurso del año. En caso de no asistir, deberá
notificarlo con anticipación al secretario, dejando a su disposición todo lo
concerniente a su tarea dentro del club.
ART. 16-
Todo socio podrá justificar por escrito los motivos de su inasistencia. Éstos
serán evaluados por la junta directiva, y de ser aceptados, tendrá como efecto
no computar dicha falta para el porcentaje total.
ART. 17-
Durante la reunión, todo socio deberá guardar el debido respeto y
comportamiento a fin de no perturbar el orden y la eficiencia de la reunión. En
caso de no hacerlo, podrá el presidente compelerlo a retirarse de la reunión.
ART. 18- Todo
socio deberá cumplir con los compromisos asumidos según la actividad en marcha.
ART. 19- Todo
socio deberá presentar, o participar en la elaboración de al menos un (1)
proyecto de cualquier índole en el transcurso del año.
ART. 20-
Tendrán la obligación de informar sobre cualquier asunto que concierna al club
en cualquiera de sus comités, evitando tomar posturas puramente personales.
ART. 21- El
socio que presente a un aspirante responderá por la integridad moral de éste, y
será responsable por sus actos y del interés que demuestre en el club durante
su estado de aspirante. Una vez ingresado como socio, el padrino velará por su
buen desempeño.
TITULO V --- De los Socios honorarios.
ART. 22-
Será socio honorario aquel que siendo miembro o no de un Club Rotaract, fuese
designado como tal por el Presidente con acuerdo de la Junta Directiva.
ART. 23- El
socio honorario podrá participar activamente de cualquier actividad del club,
teniendo voz y voto en las reuniones a las que asista.
ART. 24- El
socio honorario no está sujeto a las obligaciones prescriptas por este
reglamento a los socios ordinarios.
ART. 25- El
socio honorario residente del departamento de San Carlos no tendrá voto y no
podrá asistir a los encuentros distritales.
TITULO VI --- De la terminación
de la condición de socio.
ART. 26- Todo socio podrá
ser excluido del club por:
Inc. 1- No asistir
a 5 reuniones consecutivas sin justificación.
Inc. 2- Atrasarse
en el pago de las cuotas por más de tres meses.
Inc. 3- El
incumplimiento de una tarea aceptada por el.
Inc. 4- El
incumplimiento reiterado de los proyectos aprobados por el club o la junta
directiva.
Inc. 5- Poner en
duda mediante palabras destructivas las decisiones tomadas por la junta
directiva.
Inc. 6-
Agredir con ánimo injurioso la persona de algún socio del club.
Inc. 7- Hacer uso
del nombre y elementos del club para fines personales, extraños a sus metas y
objetivos.
Inc. 8- Tomar
decisiones que comprometan al club sin la aprobación de este o la junta
directiva.
Inc. 9- Tardanzas
reiteradas injustificadas a las reuniones y actividades.
Inc. 10- Cualquier otra causa determinada por el club
en reunión extraordinaria mediante el voto de la mitad más uno de los socios en
pleno uso de sus derechos. Todo socio que haya sido excluido del club no podrá
reingresar, sin excepción.
TITULO VII --- Licencia.
ART. 27-
Todo socio podrá solicitar licencia para no asistir a las reuniones y
actividades del club, con causa justificada, debiéndolo hacer por escrito ante
la junta directiva y manifestando fecha de finalización de la licencia.
ART. 28-
Para gozar de este beneficio el socio deberá estar al día en el pago de sus
cuotas y abonará las que correspondan al término de su licencia solicitada.
ART. 29- El plazo máximo de licencia será de 60 días
por periodo.
ART. 30- El
socio que resulte electo RDR y sus colaboradores gozarán de licencia
extraordinaria durante todo el periodo.
ART. 31-
Quien goce de licencia será excluido del porcentaje de asistencia de todas las
reuniones del club.
TITULO VIII--- De la renuncia.
ART. 32- La
renuncia de cualquier socio del club debe hacerse por escrito, dando fundamento
de los motivos.
ART. 33- Debe
ser dirigida a la junta directiva acompañada del distintivo y carnet que lo
acreditan como socio.
ART. 34-
Todo socio que haya renunciado al club puede solicitar su reingreso al mismo,
en el momento que lo desee, con previo aviso a al junta directiva que tendrá en
cuenta su participación anterior así como las razones de su renuncia.
TITULO IX --- De los
aspirantes.
ART. 35- El
aspirante a socio deberá ser presentado al club por un socio o por un
integrante del Rotary club patrocinador, éstos deberán informar sobre tal
circunstancia en una reunión. Durante su asistencia a las reuniones como
aspirante participará de las actividades del club, con voz pero sin voto. En
ningún caso un aspirante podrá presentar otro aspirante.
ART. 36-
Todo aspirante deberá asistir al club informado de las metas, estatutos, reglamentos,
etc, información que deberá ser suministrada por el socio padrino.
ART. 37- A
todo aspirante se le computará asistencia y disposición en las tareas que se le
asignaren.
ART. 38- Toda
persona socia o ex socia de otro club rotaract, para ser considerada aspirante,
deberá presentarse acompañada de una carta de presentación del club al cual
pertenecía.
ART. 39- Un
socio que se opusiere al ingreso de un aspirante, deberá presentar por escrito
sus motivos a la junta directiva, a la que le corresponderá o no validar o no
sus motivos.
ART. 40- El ingreso del aspirante al club se hará
cuando así lo resuelva la junta directiva, habiendo cumplido un plazo mínimo de
6 semanas y máximo de 12 de la fecha de la primera asistencia del aspirante y habiendo asistido
a un encuentro distrital en ese plazo. Previamente al ingreso, se realizará un
examen sobre conocimientos mínimos de las metas, estatutos y reglamento del
club Rotaract, también deberá abonar su primera cuota mensual.
ART. 41- El
aspirante, una vez ingresado como socio, será asistido por su padrino, quien
velará por su buen desempeño dentro del club.
TITULO X --- De las reuniones.
ART. 42- Clases.
Inc. 1- Reunión
ordinaria de club: será realizada semanalmente con una duración aproximada de
dos horas y treinta minutos. En ella se presentarán los informes semanales
correspondientes a cada Comité, a Tesorería, a Secretaría y Presidencia.
Inc. 2- Reunión
extraordinaria de club: esta reunión podrá ser solicitada por cualquier miembro
del club, siempre que lo justifique la junta directiva, con el objeto de tratar
algún asunto que exija de inmediata solución.
Inc. 3- Reunión
ordinaria de junta directiva: se realizará mensualmente, con una duración
máxima de una hora con treinta minutos.
Inc. 4- Reunión
extraordinaria de junta directiva: se convocará a dicha reunión cuando lo crea
conveniente al Presidente y el desenvolvimiento del club así lo requiera.
Inc. 5- Reunión
periódica de compañerismo: se realizará mensualmente en algún lugar diferente
al habitual de reunión, con el objeto de fortalecer los lazos de compañerismo y
amistad entre los miembros del club.
ART. 43- Quórum.
Inc. 1- Las reuniones del club se celebrarán
una (1) vez a la semana y las reuniones de la directiva 1 vez al mes, en la Casa de la Amistad de Rotary Club La
Consulta, a la hora más conveniente para la mayoría de los socios.
Inc. 2- La mayoría de los socios, que estén al
día en el cumplimiento de sus obligaciones, constituirá quórum para las
reuniones ordinarias y extraordinarias del club. Habrá quórum para una reunión
de la directiva cuando asistan a la misma tres (3) miembros de la directiva,
uno de los cuales deberá ser el presidente o el vicepresidente.
TITULO XI — De las cuotas.
ART. 44- La cuota mensual será de diez
pesos ($ 10) por socio. Ésta puede ser modificada por el presidente con acuerdo
de la junta directiva.
ART. 45- Todo socio deberá pagar la
cuota mensual hasta la 1° reunión del mes siguiente para que se le considere al
día en el cumplimiento de sus obligaciones.
ART. 46- El que se demorare en el pago
de dos o más cuotas mensuales, deberá abonar un interés de cinco pesos ($ 5)
por cada dos cuotas adeudadas.
ARTÍCULO XII — Comités.
ART. 46- Sujeto a la aprobación de la
directiva, el presidente nombrará los siguientes comités permanentes:
Inc. 1- Servicio en el Club. Este comité será
responsable de la asistencia, los socios, los programas, las medidas que
estimulen el compañerismo, las relaciones públicas y demás asuntos que se
estimen adecuados.[5]
Inc. 2- Servicio Internacional. Este comité
tendrá como responsabilidad principal aumentar el conocimiento y la comprensión
de las necesidades, problemas y oportunidades a nivel mundial y desarrollar
actividades para prestar servicio promoviendo la comprensión internacional y la
buena voluntad entre los pueblos del mundo.
Inc. 3- Servicio en la Comunidad. Este
comité tendrá como responsabilidad aumentar el conocimiento y la comprensión de
las necesidades, problemas y oportunidades de la comunidad y formular y
desarrollar las actividades adecuadas para servir a la comunidad.
Inc.
4- Desarrollo Profesional.
Será deber de este comité crear proyectos destinados a proporcionar información
acerca de una amplia variedad de temas de interés general y actividad
estudiantil, así como de estimular el conocimiento y aceptación de altas normas
de ética en la vida de los negocios, profesiones y estudios.
Inc. 5- Finanzas. Este comité formulará los
métodos y medios para financiar cualquiera y todas las actividades del club que
requieran fondos, en colaboración con el comité que sea del caso.
TITULO XIII — Enmiendas
ART. 47- Este reglamento podrá ser
modificado por el voto de la mayoría de los socios que estén al día en el
cumplimiento de sus obligaciones, durante una reunión ordinaria o
extraordinaria en la que haya quórum,
siempre que se haya notificado a los socios sobre la intención de efectuar tal
votación en una reunión del club en la que haya habido quórum, celebrada por lo
menos con catorce días de antelación, y siempre que la enmienda
cuente con la aprobación del club rotario patrocinador.
ART. 48- Este reglamento no podrá contravenir en
ninguna forma lo dispuesto en los estatutos
prescriptos para los clubes Rotaract.
